Manual de bioseguridad

Resolución 002827 de 2006 Ministerio de la Protección Social por la cual se adopta el Manual de bioseguridad para establecimientos que desarrollen actividades cosméticas o con fines de embellecimiento facial, capilar, corporal y ornamental.
Resolucion 02263 de 2004 Por la cual se establecen los requisitos para la apertura y funcionamiento de los centros de estética y similares y se dictan otras disposiciones.

Adopta el manual de bioseguridad para los establecimientos que desarrollen actividades cosméticas o con fines de embellecimiento facial, capilar, corporal y ornamental. Establece que las secretarías de salud departamentales, distritales y municipales realizarán la vigilancia y el control sobre el cumplimiento del manual de bioseguridad, el cual debe ser conocido y aplicado por todos los prestadores del servicio. fija un plazo de 6 meses para que los establecimientos que realicen las actividades relacionadas, implementen el manejo de los residuos de que trata el manual.

Este manual tiene como fin establecer los lineamientos para las peluquerías de la institución, ya que en este lugar existe un alto índice de contraer infecciones por riesgo biológico, cuya principal causa es el uso compartido de equipo o instrumentos corto punzantes, este manual tiene como deber evitar la diseminación de enfermedades con VIH, hepatitis B y C; mediante la capacitación, suministro al trabajador de todos los elementos de protección personal y los insumos para garantizar que se sigan con los protocolos de bioseguridad en beneficios de los usuarios.
 

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